Historia del Impuesto Inmueble en Panamá y sus Exoneraciones
El impuesto inmueble se genera por el cálculo del valor de la tierra que posees más el valor de las mejoras que realizas. Durante mucho tiempo, poseer tierra y propiedades, era exclusividad de las clases más adineradas de la sociedad; por consiguiente este impuesto estaba dirigido principalmente a ellos. Con el paso del tiempo las grandes extensiones de terreno se fueron fragmentando y los ciudadanos de estratos más populares pudieron adquirir terrenos. El propósito de esta entrada es ayudar a quiénes se interesan en la historia del Impuesto Inmueble en Panamá.
Historia del Impuesto Inmueble en Panamá y sus Exoneraciones: Siglo XIX
Este impuesto es tan viejo como la República. El primer registro de su existencia, data del 1° de agosto de 1863, en el Art. 711 del Código Administrativo del Estado Soberano de Panamá. En ese entonces se establecía un Impuesto de Contribución Urbana, que gravaba a todas las casas de propiedad particular, existentes en el distrito capital.
- La tarifa era de ocho por ciento (8%) sobre la renta que dicha finca era capaz de producir.
Omar Jaén Suárez, en su libro La Población del Istmo de Panamá, nos detalla como en 1896, 87% del valor catastral del país se concentraba en Panamá, Colón y Bocas del Toro. El resto de las provincias solo acumulaban 5.4% de la riqueza del país. Este es un dato útil que sirve de base para entender la historia del Impuesto Inmueble en Panamá.
Historia del Impuesto Inmueble en Panamá y sus Exoneraciones: Siglo XX
Panamá se separó de Colombia en 1903, sin embargo mantuvo la estructura del Código Fiscal colombiano hasta 1916.
Ley 2 del 22 de Agosto de 1916
En 1916, la República de Panamá publicó su primer Código Fiscal. El capítulo III, está dedicado al impuesto de inmueble. Por ejemplo, el artículo 552, nos relata que las personas de esa época pagaban:
- 3% sobre la renta bruta anual estimada de una propiedad urbana.
De acuerdo con Jaén, para esta época, la República de Panamá poseía 8818 fincas registradas legalmente. Estas fincas cubrían el 41.2% del país. En la provincia de Panamá, una finca promedio tenía 234.7 hectáreas. El valor promedio por hectárea era de B/.13.00.
En este mismo año, 91% de la renta urbana del istmo se generaba entre las ciudades de Panamá y Colón. El presidente Belisario Porras fundó la comunidad de San Francisco, repartiendo tierras gratuitamente a los ciudadanos
Ley 29 del 11 de Febrero de 1925
Esta Ley reformó una gran cantidad de impuestos, de entre los cuales destacamos el impuesto inmueble. En esa fecha el gobierno del presidente Rodolfo Chiari, cambió el impuesto inmueble dejándolo así:
Artículo 12. Grávase la propiedad inmueble con un impuesto de cinco por mil de su valor, pagadero anualmente de conformidad con los Catastros que se levantarán como más adelante se indica.
Por medio de esta Ley, el gobierno panameño introdujo la primera exoneración del impuesto inmueble a propiedades “cuyo valor no llega a quinientos balboas”.
Algunos analistas opinan que esta Ley fue el detonante del Movimiento Inquilinario de 1925 y la intervención de tropas norteamericanas en Panamá.
Ley 8 de 27 de Enero de 1956
El artículo 764 de esta Ley mantuvo la exoneración de impuesto inmueble para las propiedades cuyo valor no fuera superior a los B/.500. Luego, un poco más adelante, en el artículo 766, cambiaron la tarifa del impuesto de inmueble, dejándolo así:
- medio punto porcentual anual, sobre el valor catastral de las viviendas. Lo anterior aplica mientras dicha vivienda no exceda los B/.15,000.
- 1% anual sobre el excedente de B/.15,000
En 1956, B/.15,000 era mucho dinero. Para que tengas una idea, B/.15,000 en 1960 es como si tuvieras de B/.38,800 en 2016. Entre 1960 y 2016 se ha acumulado un 159% de inflación en Panamá.
Ley 53 del 30 de noviembre de 1956
El Presidente Ernesto de la Guardia tomó posesión el 1 de octubre de 1956. Luego de dos meses en el poder, reformó el Código Fiscal, con el fin de extender el paraguas de exoneración a más personas. El artículo 766 del código Fiscal quedó así:
- Medio punto porcentual anual, sobre el valor catastral de las viviendas, mientras dicha vivienda no exceda los B/.25,000.
- 1% anual sobre el excedente de B/.25,000
Ley 78 de 30 de diciembre de 1976
Todo se mantendría igual por 20 años. Hasta que en 1976, el gobierno de la dictadura de Torrijos reforma el Código Fiscal. En ese momento, simultáneamente, extendieron el rango de la exención fiscal, mientras que se le aumentaba la tarifa del impuesto inmueble a propiedades de mayor valor catastral. Para lograrlo, modificaron el artículo 764 del Código Fiscal, fijando lo siguiente:
- propiedades con valor catastral entre B/.0 – B/.10,000 están exentas
Paralelamente, en el Artículo 766, introduce una tarifa progresiva combinada. Esta tarifa calculaba el impuesto así:
- 1.40% para excendente entre B/.10,000 – B/.20,000
- 1.75% -> B/.20,000 – B/.50,000
- 1.95% -> B/.50,000 – B/.75,000
- 2.10% -> B/.75,000 – infinito
Para que tengas una idea, B/.20,000 de 1976, ajustados por la inflación, equivalen a B/.86,000 de 2017.
Ley 36 de 6 de julio de 1995
El status quo se mantuvo durante 19 años, hasta la llegada del gobierno del presidente Ernesto Pérez Balladares. Este gobierno realiza modificaciones fiscales, con el fin incentivar la industria de la construcción y la venta de propiedades nuevas. También incrementó el rango de exoneración de las viviendas. Las modificaciones hechas en esta fecha fueron:
- Propiedades con valor catastral entre $0 a $20k están exoneradas.
- Se establece que las nuevas construcciones están exentas de impuesto de inmueble a partir de la fecha, por 20 años.
Historia del Impuesto Inmueble en Panamá y sus exoneraciones: Siglo XXI
La historia del Impuesto Inmueble en Panamá continúa. Durante los primeros años del siglo XXI, frecuencia de modificaciones que el gobierno hace al Código Fiscal se incrementa. A manera de comparación en todo el siglo XX, el impuesto de inmueble solamente fue modificado unas 5 veces. Cada modificación se demoraba uno 20 años en promedio. Mientras que en los primeros 20 años del siglo XXI, se han registrado nueve actualizaciones del impuesto inmueble. Es decir que en promedio cada dos años se actualiza este impuesto. ¿Será un efecto del sobrecalentamiento del mercado inmobiliario de las últimas dos décadas?
Ley 61 del 26 de diciembre de 2002
Siete años después, durante el gobierno de la presidenta Mireya Moscoso, vuelven a reformar el Código Fiscal. El propósito principal parecía establecer un límites adaptativos de la exoneración de acuerdo con el valor catastral de la propiedad. A partir del 1 de enero de año 2004:
- residencias con valor catastral de hasta B/.100,000, tienen 15 años de exoneración
- entre B/.100,000 y B/.250,000 tienen 10 años
- arriba de B/.250,000 tienen 5 años.
Las mejoras no residenciales se le aplicaba la siguiente tarifa, de acuerdo con el valor catastral:
- menor o igual a $100,000, 10 años de exoneración
- mayor que $100,000, 5 años de exoneración
Las mejoras cuyos permisos de construcción se hayan expedido antes del 1 de enero de 2004, gozarán de 20 años de exoneración del impuesto de inmuebles, contados a partir del permiso de ocupación.
Ley 50 de 30 de septiembre de 2005
El gobierno del presidente Martín Torrijos, modifica múltiples veces el Código Fiscal. La primera fue con esta ley y se introdujo el siguiente cambio:
- Las mejoras cuyos permisos de construcción se hayan expedido antes del 1 de septiembre de 2005, y hayan sido inscritas en el registro público hasta el 31 de agosto de 2006, gozarán de 20 años de exoneración en el pago de Impuesto de Inmuebles. Las mejoras con permiso de ocupación expedidas después de 1 de septiembre de 2005 se le aplican las tablas.
Ley 6 del 2 de febrero de 2005
Cuatro meses después, el gobierno encabezado por Martín Torrijos volvió a modificar el Código Fiscal panameño.
- Se incrementó la exoneración de B/.20,000 a B/.30,000
- además se introduce la Tarifa Progresiva Combinada Alternativa con el art. 766A:
- 0.70% de tarifa para propiedades cuyo valor oscile entre B/.30,000 a B/.50,000
- 0.90% para bienes inmuebles valorados entre el rango de B/.50,001 a B/.75,000
- 1% para biene inmuebles cuyo valor supere los B/.75,001
- A partir de esa fecha todos los propietarios de bienes inmuebles que actualizaran su valor catastral, podían acogerse a esta nueva tarifa.
- Las mejoras cuyos permisos de construcción se hayan expedido antes del 1 de septiembre de 2005 están exentas de impuesto de bien inmueble durante 20 años.
Ley 34 del 9 de noviembre de 2005
La tercera modificación del impuesto inmueble se realizó nueve meses después:
- Las propiedades con valor hasta B/.100k tienen 15 años de exoneración de impuesto
- Entre $100k – $250k tienen 10 años de exoneración
- Más de $250k tienen 5 años
- Todas las obras con permiso de construcción previo al 1 de sept. de 2006, tienen 20 años de exoneración.
Ley No. 29 del 2 de Junio de 2008
Se modifica la exoneración del impuesto inmueble. Todas las obras cuyo permiso de construcción se haya expedido antes del 1 de julio de 2009 está exonerada por 20 años. Tienen hasta el 31 de diciembre de 2011 para registrarlas y así aplicar a la exoneración.
Ley 49 del 17 de septiembre de 2009
Se establecen varias tramos de impuestos dependiendo del valor de la propiedad, a saber:
- El artículo 766 quedó así:
- 1.75% -> B/.30k – B/.50k
- 1.95% -> B/.50k – B/.75k
- 2.10% -> B/.75k – infinito
- Los PH adosados verticalmente:
- 1.40% -> B/.0k – B/.20k
- 1.75% -> B/.20k – B/.50k
- 1.95% -> B/.50k – B/.75k
- 2.10% -> B/.75k – infinito
- El articulo 766A queda así:
- 0.75% para el tramo entre B/.30k – B/.100k
- 1% -> B/.100k – infinito
Ley 8 del 15 de marzo de 2010
- Los PH adosados verticalmente, se elimina la exención de los $30k para los Ph y ahora pagan 1% sobre su porción de terreno.
- El artículo 766-A queda así:
- 0.75% -> $30k – $100k
- 1% -> $100k – infinito
Ley 28 del 8 de mayo de 2012
Establece la exoneraciones de acuerdo al valor de la propiedad:
- 20 años para las propiedades con valor hasta B/.120k
- 10 años para propiedades con valor entre B/.120k – B/.300k
- 5 años para propiedades que excedan los B/.300k
- Otras mejoras tienen 10 años de exoneración
Para las mejoras cuyo permiso de construcción fue expedido antes del 1 de julio de 2009, están excentas de pagar impuestos durante 20 años.
Vale la pena mencionar que para el año 2013, el impuesto inmueble era menor al 1% del PIB del país.
Ley 66 del 17 de Octubre de 2017
Esta ley responde a una intensa discusión nacional, donde a veces reinaba la desinformación. Es una de las últimas en la historia del Impuesto Inmueble en Panamá. Introduce una profunda reforma del impuesto inmueble. Las más notoria son las exoneraciones de impuestos para inmuebles que sean “patrimonio familiar tributario” y la “vivienda principal”. En este enlace podrás encontrar un análisis muy detallado.
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